El Consejo de Ministros ha culminado algunos puntos de la reforma de la ley hipotecaria con algunas novedades para que se facilite el proceso de contratación de estos créditos a partir del 16 de junio. Día, en el que entrará en vigor la nueva normativa que afectará a quienes se hipotequen desde ese momento.
El reglamento aprobado por el Gobierno obliga a la banca una ficha de información precontractual, así como de advertencias estandarizadas.
La entidad tendrá que incluir la información exigida por la ley para que el cliente pueda visualizar de forma clara las condiciones, al tiempo que pueda compararlas con otras ofertas, si así lo desea.
La ley establecerá cuál es la información que el banco deberá remitir a los hipotecados de forma periódica, una vez entrado en vigor el crédito. Las entidades tendrán que enviar «un documento de liquidación» en el que figuren: el tipo de interés aplicado al préstamo como el que se vaya a calcular para el periodo siguiente; las comisiones abonadas, con su concepto, base y el periodo de devengo; cualquier otro gasto vinculado a la hipoteca; y «cuantos antecedentes sean precisos» para que el cliente pueda comprobar que la liquidación efectuada es la correcta. El banco remitirá este documento durante el mes de enero de cada año.
El reglamento concreta que la entidad tiene que informar a los hipotecados sobre los cambios en las condiciones del préstamo, si corresponde la revisión del tipo de interés con al menos 15 días de antelación antes de que cumpla el plazo establecido en el crédito para proceder a esa revisión.
La norma regula:
Con la aprobación de este decreto se pone fin al largo proceso de tramitación de la reforma hipotecaria.
La ley hipotecaria introduce mejoras para la protección del ciudadano:
? Prohibición de las cláusulas suelo.
? La reducción de los intereses de demora.
? La extensión del código de buenas prácticas o alternativas a los desahucios.
Más info: inmonews.es/ficha-estandarizada-para-las-clausulas-de-las-hipotecas/